Ley de homicidio culposo de Florida

La muerte de un familiar o un ser querido afecta a la familia de por vida. Además del dolor, la conmoción y la tristeza inevitables, las familias también pueden enfrentarse a dificultades financieras debido a la pérdida del apoyo financiero del fallecido, las facturas médicas y los gastos funerarios. Cuando alguien muere por la negligencia de otra persona o debido a un acto intencional o incluso delictivo, o debido a un producto defectuoso, se puede presentar una reclamación en virtud de la Ley de Homicidio Culposo de Florida. Si la muerte de un ser querido es causada por las acciones ilícitas de otro, los miembros de la familia pueden recuperarse de su dolor, sufrimiento y pérdidas financieras presentando una demanda por homicidio culposo contra la parte responsable.

Prácticamente cualquier tipo de accidente o incidente que pueda dar lugar a una reclamación por lesiones personales puede dar lugar a una reclamación en virtud de la Ley de Homicidio Culposo si las lesiones sufridas causan la muerte. Esto incluye los accidentes automovilísticos, los accidentes de camiones, los accidentes de bicicletas o peatones, la negligencia médica, los accidentes de navegación, los accidentes laborales, los productos defectuosos, los actos intencionales o los delitos violentos. A diferencia de una reclamación por lesiones personales, una reclamación por homicidio culposo debe presentarse en virtud de la Ley de Homicidio Culposo de Florida, que se encuentra en las secciones 786.16 — 768.26 de los Estatutos de Florida. Una demanda por homicidio culposo solo puede ser presentada por el representante personal del patrimonio del fallecido. Será la persona designada como representante personal en el testamento del difunto o, si no hay testamento, quien sea designado por el tribunal testamentario. A continuación, el representante personal presenta la reclamación en nombre del patrimonio y de los supervivientes que reúnan los requisitos. La ley establece específicamente quién puede ser un sobreviviente y, en algunos casos, excluye a ciertos miembros de la familia de reclamar ciertos daños y perjuicios. Por lo general, los sobrevivientes incluyen al cónyuge del difunto, a los hijos y, en ciertos casos, a los padres.

El plazo de prescripción para una reclamación por homicidio culposo es de dos (2) años a partir de la fecha de la muerte. Puede ser más largo en el caso de una reclamación por negligencia médica que causó una muerte. La Ley de Homicidio Culposo enumera específicamente los daños que se pueden recuperar y quién puede recuperar esos daños.

Daños recuperables

El tipo y la cantidad de daños que un sobreviviente legal puede recuperar dependen de su relación con el difunto. Los sobrevivientes que dependieron del apoyo financiero del difunto pueden recibir un reembolso por el valor de la manutención perdida antes del fallecimiento y por el valor estimado de la manutención perdida en el futuro. Los supervivientes también pueden presentar una reclamación por la pérdida de servicios, como cocinar, limpiar o mantener la casa. Al determinar el valor de la reclamación por pérdida de manutención, se calcularán los ingresos futuros probables de la persona fallecida si no hubiera fallecido prematuramente, y se tendrán en cuenta las relaciones específicas de los supervivientes. Esto significa que es probable que los familiares más cercanos reciban un reembolso mayor. Se tendrá en cuenta la esperanza de vida tanto del difunto como de los supervivientes.

Estas determinaciones y cálculos suelen ser complicados, y un abogado con experiencia en homicidio culposo sabrá cómo maximizar la recuperación de todos los miembros de la familia con derecho a presentar una reclamación. Los sobrevivientes también pueden recuperar el costo de las facturas médicas y los gastos funerarios en los que incurran como resultado de las lesiones y la muerte del difunto, y el patrimonio puede recuperar el valor de lo que el difunto habría acumulado y ahorrado durante toda su vida si no hubiera habido una muerte prematura.

Los daños adicionales por dolor y sufrimiento mental que resultaron de la muerte inesperada incluyen el dolor y el sufrimiento de los miembros de la familia sobrevivientes, así como cualquier posible dolor y sufrimiento del difunto antes de su muerte. Además, los cónyuges pueden recuperarse por la pérdida de la compañía, y los hijos que pierden a un padre soltero también pueden recuperarse por la pérdida de la compañía, la orientación y la instrucción de los padres. Estos son solo algunos de los posibles daños. Los daños recuperables en virtud de la Ley de Homicidio Culposo de Florida incluyen los siguientes:

  • Gastos médicos, funerarios y de entierro, y acumulaciones netas del patrimonio;
  • Compensación por el dolor y el sufrimiento del difunto desde el momento de la lesión hasta la muerte;
  • Pérdidas sufridas por el cónyuge, los hijos o los familiares más cercanos del difunto, que incluyen:
  • Dolor y sufrimiento de los supervivientes estatutarios
  • Pérdida de apoyo financiero
  • Pérdida de servicios
  • Pérdida de regalos u otras propinas valiosas
  • Pérdida de la formación y orientación de los padres
  • Pérdida de la sociedad y el compañerismo

Si tiene preguntas sobre si puede tener una reclamación en virtud de la Ley de Homicidio Culposo de Florida, póngase en contacto con Bonner Law en 305-676-8800 para una consulta gratuita. Tenemos más de 30 años de experiencia litigando demandas por homicidio culposo en Florida.

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