Ley Marchman de Florida
February 18, 2021
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Jurídico
La Ley de Servicios de Alcohol y Otras Drogas de Hal S. Marchman también se conoce como Ley Marchman. La Legislatura de Florida promulgó la Ley Marchman para ayudar a combatir la creciente epidemia de adicción a las drogas y el alcohol. La Ley Marchman estableció un Consejo Asesor sobre Políticas de Drogas en todo el estado y exige que cada condado de Florida financie un programa judicial de drogas basado en el tratamiento al que puedan dirigirse las personas mediante orden judicial. La ley Marchman también guía cómo las personas pueden ser internadas involuntariamente en un tratamiento para la adicción a las drogas o al alcohol.
Admisión involuntaria en virtud de la Ley Marchman
Según la ley, una persona solo puede ser ingresada involuntariamente si:
- Han perdido el poder del autocontrol en torno a su abuso de sustancias Y
- O bien necesitan servicios de abuso de sustancias, pero no pueden evaluar esta necesidad debido a una falta de juicio o, sin compromiso, se negarán a cuidarse por sí mismos y correrán el riesgo de sufrir un daño sustancial sin dicho tratamiento.
Una vez que una persona ha sido dirigida a un proveedor de servicios, los proveedores de servicios deben evaluar si la persona cumple con los requisitos antes mencionados para el internamiento involuntario. El centro también debe evaluar si puede proporcionar el tratamiento adecuado y necesario al paciente, si el paciente tiene los medios económicos para pagar el tratamiento y garantizar que el paciente tenga un entorno seguro. Si se niegan a admitir a un paciente, deben derivarlo a otro lugar y proporcionar por escrito la información de contacto de esa remisión, así como el motivo por el que se niega a admitir al paciente.
¿Quién puede solicitar la admisión involuntaria?
El cónyuge, pariente, tutor o tres personas no emparentadas preocupadas que hayan sido testigos del abuso de drogas o alcohol por parte de la persona pueden presentar una petición ante el tribunal para que alguien sea internado involuntariamente, la cual debe ser revisada y aprobada por un juez. Un médico, un terapeuta o un agente del orden público también pueden presentar una petición de emergencia ante el tribunal.
Una vez que alguien haya presentado una petición, el juez puede conceder la solicitud, denegarla o solicitar una audiencia para la petición. El posible paciente puede solicitar un abogado designado por el tribunal si no puede encontrar o pagar a su propio abogado.
¿Cuánto tiempo puede permanecer recluido en virtud de la Ley Marchman?
Los pacientes a los que el tribunal ha ordenado un tratamiento involuntario no están confinados. Sin embargo, están en tratamiento en virtud de una orden judicial, por lo que abandonar el centro constituye una violación de esa orden judicial. Sin embargo, muchos condados no imponen penas de cárcel por incumplimiento de las órdenes de tratamiento.
La mayoría de los centros de tratamiento son centros voluntarios que atienden a los pacientes que reciben tratamiento por orden judicial, así como a los pacientes que se comprometen a recibir tratamiento voluntariamente. Un juez puede ordenar hasta 60 días de tratamiento involuntario cuando se presenta y se concede una petición. Un juez puede extender una orden de tratamiento hasta 90 días más si presenta una solicitud de extensión de tratamiento ante el tribunal.
Violaciones de la Ley Marchman
Los centros, los agentes del orden público y los médicos deben seguir los pasos descritos en la Ley Marchman para internar involuntariamente a alguien. Si un centro de tratamiento no lo evaluó para asegurarse de que cumplía los requisitos para el internamiento involuntario o si un médico, un centro de tratamiento o un agente de las fuerzas del orden no presentaron la correspondiente petición ante el tribunal antes de someterlo a tratamiento, pueden ser responsables de encarcelarlo falsamente y de violar sus derechos en virtud de la Ley Marchman.
Si cree que se han violado sus derechos en virtud de la Ley Marchman, póngase en contacto con Michael P. Bonner, Esq. en mbonner@bonner-law.com o llámanos al 305-676-8800 para una consulta gratuita. El abogado Michael P. Bonner tiene más de 30 años de experiencia en demandas legales relacionadas con instalaciones médicas.
Si tú o alguien que conoces tiene problemas con el abuso de sustancias o alcohol, no dudes en consultar los siguientes recursos, que nos proporciona Help.org: